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Ángel Martínez muestra su satisfacción por la entrada en vigor de la nueva ordenanza municipal de playas

La nueva ordenanza municipal de playas fue aprobada provisionalmente por el Excmo. Ayuntamiento de Algeciras en Pleno en fecha 26 de Junio de 2020 y tras su publicación en el BOP no ha recibido alegaciones, por lo que volvió a publicarse en el mismo medio, así como en la web municipal y tablón de anuncios su aprobación definitiva sin que tampoco recibiera alegaciones. Por ello, con la notificación a la Junta de Andalucía y a la Administración del Estado, ha concluido su tramitación y a día de hoy ya se encuentra en vigor.
El edil municipal ha recordado que “esta ordenanza pretende arbitrar y
conjugar las competencias municipales en materia de gestión y conservación del
patrimonio natural conformado por nuestras playas y costas, buscando siempre
como fin último que los ciudadanos puedan disfrutar de un medio ambiente
adecuado, ordenando la prestación de unos servicios públicos de excelencia en
determinadas playas y garantizando la utilización racional del espacio público”.
Dado que la anterior ordenanza databa de 2009, se hacía necesaria su
actualización con la inclusión de nuevos factores, como la llegada masiva a las
costas mediterráneas de medusas que hacen necesario incorporar al texto legal una
señalítica específica que permita advertir a los usuarios de su presencia en las
aguas de baño.
La nueva ordenanza regula específicamente las hogueras de San Juan, dado
que la proliferación de las mismas ponen en riesgo la salud de los usuarios de las
playas los días posteriores al resultar muy difícil limpiar la integridad de los restos.
Por ello, se deben centralizar las hogueras de manera que se establezca una única
hoguera en Getares y otra en el Rinconcillo debidamente acotadas por la autoridad
municipal. De esta manera se evitarán accidentes en la playa como brasas aún
encendidas o astillas de madera que en años anteriores han causado daños a los
usuarios, además del perjuicio que supone para el espacio natural la
descentralización de esta festividad.
Del mismo modo, con este nuevo texto se ha dado cabida a la regulación de
la playa canina de la Concha.
En lo que respecta a la temporada de baños y horarios, se recoge como
temporada de baño el periodo establecido entre el día 1 de Junio y el 31 de Agosto
en horario de 12:00 horas a 20:00 horas, si bien a criterio de la autoridad municipal
podrá ampliarse la temporada hasta el 15 de Septiembre y el horario se ampliará
hasta las 02:00 horas en las festividades de San Juan, Virgen del Carmen y Virgen
de la Palma.
Se incluye igualmente como temporada de baño desde el Viernes Santo al
Domingo de Resurrección en horario de 12:00 horas a 18:00 horas.
Respecto a la pesca, se limita en temporada de baño entre las 21:00 horas y
las 09:00 horas.
Por tanto, la presente Ordenanza, pretende ser un instrumento de
concienciación, convivencia y gestión eficaz del dominio público costero en el ámbito
territorial de nuestro municipio. Para ello, se pretende realizar una regulación
exhaustiva de aquellas materias que resultan imprescindibles para conseguir los
fines detallados anteriormente.

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